Acto de fundación de una sociedad en el que se definen elementos básicos: capital inicial, domicilio, régimen jurídico, etc. Las sociedades mercantiles se constituyen de acuerdo con la legislación mercantil, independientemente de que su finalidad sea comercial y pueden ser sociedades anónimas y sociedades limitadas, entre otras.
Reserve su cita previa y acuda con su documento de identidad original y en vigor
Listado de documentación básica:
- DNI de los fundadores y/o administradores
- Certificado de denominación social (lo puede obtener la notaría)
- Certificado bancario de ingreso del capital social o relación de bienes aportados (infórmate sobre la posibilidad de fundar una sociedad sin dinero)
- Estatutos sociales (los puede redactar la notaría, necesario indicar el objeto social el código CNAE de la actividad principal a desarrollar por la sociedad, el domicilio social, y cualesquiera otros pactos sociales que deseen fijarse)
- La notaría puede tramitar de forma telemática* la obtención del CIF provisional una vez firmada su escritura de constitución
Fiscalidad y gastos:
- La constitución de sociedades, en general, se encuentra exenta de impuestos, aunque para obtener la inscripción en el registro mercantil hay que liquidar el impuesto como exento.
- Si lo desea, para su mayor comodidad, la notaría puede encargarse de la gestión del documento, realizando los pagos de los impuestos que se hayan devengado, así como instar la inscripción de la escritura en el Registro Mercantil.